Dr Andrés Gil Domínguez (Convenio-LT3 AM 680)

*En el 2014 yo estaba en una línea investigativa dado que me hacía ruido que sólo el hombre tenga derechos*
*Pablo Buompadre de AFADA me contó sobre la situación de Sandra, me habla de un habeas corpus, le dije que no porque el efecto es la liberación*
*Mi tesis fue avanzar como Sandra sujeto de derecho, como una persona no humana, un ser sintiente*
*Mi gestión termina con el traslado de Sandra de EEUU a un espacio natural con semejantes, un santuario. Es una historia hermosa con principio y fin*
*Lo de Sandra es el primer caso a nivel mundial. Nunca un tribunal (Cámara de Casación Penal) habia dictaminado de esta forma *
*A partir de ahora serpán tratados como seres no humanos sintientes (dolor y placer) *
*Para mi fue un gran aprendizaje. Con Sandra yo tenía un régimen de visita. Ellos reconocen los rostros. A mi me reconocía y venía hacia mí*
*La jueza Elena Liberatore fue clave, tuvo una actuación excepcional, Por ej: pagó de su bolsillo un viaje a una persona del juzgado para ir a conocer el santuario al cual finalmente fue trasladada Sandra*
*La Dra Liberatora negoció sogas que Buquebús tenía en desuso para ponerlas en el habitat de Sandra, las necesitaba para treparse. Su poca actividad fisica la había hecho engordar*
*A partir de este fallo muchos "hijos e hijas" de Sandra podrán gozar en el mundo de su beneficio*
*A partir de los sucedido con Sandra se dictarán cátedras de derecho animal en la facultad*