*El juez laboral Raúl Ojeda ordenó que se detenga la aplicación de 82 artículos de la Reforma Laboral aprobada por el Congreso el mes pasado*
*El cuestionamiento que hace el Dr. Julián de Diego quien fue uno de los profesionales que colaboró en la redacción de la Reforma Laboral, es que la decisión judicial se dictó sin casos concreto, es en abstracto*
*de Diego manifiesta que es un planteo que hace la CGT contra el Estado Nacional , no hay un caso de una afectación concreto de un trabajador*
*A mi modo de ver el Juez Ojeda zanjó esa situación cuando se refirió a la legitimidad que tiene la CGT para hacer el planteo, es la misma legitimidad que se le reconoció cuando la CGT impugnó el Decreto 70/2023*
*En esa misma lógica se expide porque la CGT tiene legitimidad y representatividad para hacer este tipo de planteos*
*En los artículos que se suspendieron sigue rigiendo la ley anterior. No opera la ley de Reforma Laboral sobre los 82 artículos suspendidos hasta que se dicte una resolución en contrario de un órgano superior*
*El fraccionamiento de las vacaciones no está dentro de los 82 artículos suspendidos*
*Mi reflexión general sobre este tipo de reformas más allá de lo jurídico que va a depender de las interpretaciones que hagan los tribunales; es que este tipo de reformas salen sin un consenso mínimo previo*
*No solo me refiero a consenso en lo político, sino al mundo del trabajo, un modelo reconocido mundialmente es la concertación entre trabajadores y empleadores*
*En España, Mejico las reformas partieron de una concertación previa entre las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores*
*En Argentina con el actual gobierno se trata de imponer una reforma en un sentido: el de reducir derechos a los trabajadores. La falta de concertación determina la judicialización y resistencia*
*Esto pasó en Argentina con reformas laborales que no fueron fruto de concertación y fueron derogadas en el tiempo*
*El fallo del Juez Ojeda tiene fundamentos sólidos*
*Para que prosperen este tipo de reformas es necesaria una concertacion entre las organizaciones del mundo del trabajo*
*El empleo en la provincia sigue el patrón nacional. Hay 2 cuestiones: por un lado se genera empleo y al mismo tiempo se destruye empleo. Hay que analizar cuál es cuá
*Hoy se destruye centralmente empleo registrado, a nivel nacional alrededor de 300 mil empleos (públicos y privados: estos últimos algo mas de 220 mil) *
*En Santa fe, en los últimos 2 años, se han destruido alrededor de 13 empleos privados registrados, los sectores mas afectados son industria, algunos servicios logísticos, construcción y comercio*
*Se genera otro tipo de empleo: independiente, informal, muy vinculados a las aplicaciones y plataformas. Hay una mutación en el empleo y una afectación en la calidad del empleo*
*La medición de ocupación es relativa porque el INDEC y en otros países considera ocupada a una persona que trabajo al menos una hora en la semana que se hace la medición*
*De las estadísticas sí se desprende que hay una mutación de empleo registrado a empleos de mucha menor calidad*
