*Presentamos un recurso de amparo para declarar inconstitucionales 2 cláusulas que ellos llaman transitorias , (que de transitorias no tienen nada), cláusulas que avasallan los derechos legítimos de los trabajadoras/es judiciales*
*El MPA y en el Min. Público de la Defensa Penal (como se llamaba antes) en la nueva Constitución santafesina pasaron a formar parte de un organismo llamado Ministerio Público, fuera del Poder Judicial*
*Los trabajadores de ambos organismos hace una semana, desde el 11 de setiembre donde la nueva Constitución se publicó en el Boletín Oficial, ya no pertenecen al Poder Judicial*
*Por la cláusula transitoria Nro 17 trasladan a quienes trabajan en ambos organismos (MPA Y Defensa Penal) de manera inmediata al nuevo organismo: ministerio Público*
*Y la cláusula transitoria Nro 18 establece que quienes trabajan en las defensorías civiles y el ministerio pupilar deberán esperar una ley que organice el traspaso*
*Hoy, según la cláusula 17 estos trabajadores dejaron de ser trabajadores judiciales*
*En ambas cláusulas dice que se respeta la remuneración: la actual ¿y en el futuro? Cuando los trabajadores judiciales tengamos un aumento ¿qué pasará con estos trabajadores?*
*La reglamentación depende de las nuevas leyes, y hay dos años de plazo para dictarlas….*
*Esas cláusulas transitorias establecen que «se fijarán las pautas para proteger el derecho a la carrera de los trabajadores…» ¿qué carrera? ellos estaban dentro de la carrera judicial ¿y ahora? *
*Quienes no son abogados pueden ser notificadores, y para los no abogados la culminación de la carrera es ser Oficial de Justicia*
*Los abogados hacen subrogancias de cargos superiores cuando hay una vacante transitoria y después rinden para vacante definitiva*
*No se previeron un montón de cosas: hoy se enferma una persona del MPA o de la Defensa y piden una licencia por 6 meses ¿de dónde sacan un subrogante? Se lo tiene que pedir a la Corte ¡pero si no son más judiciales!*Nos reunimos con la Corte, pedimos reunión con la Fiscal General pero aun no contestó, probablemente la semana que viene nos reunamos con la Defensora Provincial *
*Hay trabajadores del MPA y de la Defensa que son notificadores, ¿quien va a llevar una cédula judicial si ellos dejaron de ser trabajadores judiciales?*
*La Fiscal General y la Defensora provincial deben reunirse con la Corte para lograr acuerdos y convenios y se aclare cómo será el funcionamiento*
*¿Quién pagará los sueldos, si desde el jueves ya no son trabajadores judiciales? Creemos que lo hará la Corte *
*Nosotros considerábamos y lo explicamos en la Convención que a estos dos organismos había que darle autonomía funcional, autarquía financiera, pero dentro del Poder Judicial y evitábamos todos estos problemas *
